El Consejo Escolar es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. Está formado por los siguientes miembros:
Presidente, el Director del centro, D. Salvador García Espinosa
El jefe de estudios, D. José Ramón Ros Martínez
El secretario, D. Alejandro Rodríguez Gallego
Representante de las Organizaciones Empresariales, D. J. Antonio Sánchez García
Representante del Ayuntamiento, Dª. Florentina Martínez Ros
Los representantes de los profesores:
D. José Luis Álvarez Márquez
D. Alfonso Conesa Norte
D. José Francisco Esparza Lorente
D. Francisco M. García Belzunce
Dª. Lucía Laurero Alarcón
Dª. Isabel Otón García
Dª. Ana Zambrana Naranjo
Los representantes de los padres y madres:
Dª. María Dolores Fernández Puerma
Dª. María Belén Atienzar Martínez
Dª. Cristina García Bernal
Los representantes de los alumnos:
Dª. Claudia Aznar García
D. Manal Ben Addou Daoudi
Dª. Silvia Martínez Alfaro
Dª. Sara Moreno Padilla
La representante del personal de administración y servicios, Dª. Catalina Lisón Campillo
El Consejo Escolar tiene las siguientes competencias:
a. Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
b. Elegir al director del instituto.
c. Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecido en el artículo 19.3.c) del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.
d. Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
e. Aprobar el reglamento de régimen interior.
f. Resolver los conflictos e imponer las correcciones, con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.
g. Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.
h. Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto, y vigilar su conservación.
i. Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.
j. Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.
k. Fijar las directrices para la colaboración del instituto, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.
l. Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.
m. Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.
n. Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
ñ. Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.
o. Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.